En el 50º aniversario de la Doctrina Portell Vilá sobre la neutralidad imposible de Cuba
Roberto Soto Santana
Academia de la Historia de Cuba (exilio)
Profesor Herminio Portell Vilá |
El periodo presidencial del ex general del Ejército Libertador Gerardo Machado y Morales concluyó legalmente el 20 de mayo de 1929. Sin embargo, entre marzo y junio de 1927 los dos órganos legislativos del Congreso (la Cámara de Representantes y el Senado) habían aprobado una Ley de Reforma de la entonces vigente Constitución de 1901 –la primera y única que había tenido Cuba republicana-, por la cual se prohibía la reelección del Presidente Machado cuando cumpliese diez años en el cargo o, lo que era lo mismo, se avalaba su permanencia hasta el 20 de mayo de 1935.
Convocada por la Junta Electoral Central la Convención Constituyente que requería el Artículo 115 de la Constitución de 1901 para conocer de dicha Reforma, la misma se reunió entre el 14 de abril y el 10 de mayo de 1928, aprobando –entre otras- la enmienda del Artículo 62 de la Constitución, que ampliaba de cuatro a seis años la duración del mandato presidencial –en efecto, hasta el 20 de mayo de 1931: ésta fue la espuria maniobra conocida como la Prórroga de Poderes para todos los cargos electivos, salvo el de Presidente, para el que se convocaron a continuación las elecciones del 1 de noviembre de 1928, cuyo resultado fue el de proclamar reelegido a Machado (sin posibilidad de nueva reelección) por seis años más.
La algarada del 12 de agosto de 1933 dio finalmente al traste con el régimen machadista. Tras el episódico paso por la presidencia –de apenas veintidós días- de Carlos Manuel de Céspedes (homónimo de su progenitor el Padre de la Patria e ilustre insurrecto de La Demajagua), cuyo Decreto número 1298 de 24 de agosto de 1933, firmado junto con el Secretario de Justicia e interino de Estado Carlos Hevia, derogó la Reforma de 1928 y devolvió toda su fuerza y vigor a la Constitución de 1901, a partir del golpe de Estado cívico-militar del 4 de septiembre de 1933 se instauró el llamado Gobierno de los cien días, que abarcó, primero, a la efímera Pentarquía o presidencia colectiva ostentada por el catedrático universitario de Medicina Dr. Ramón Grau San Martín), el banquero Porfirio Franca, el profesor universitario de Derecho Dr. Guillermo Portela-Muller, el abogado Dr. José Miguel Irisarri, y el periodista Sergio Carbó; y después, en solitario, al autoproclamado Presidente Dr. Grau San Martín, quien renunció el 15 de enero de 1934, ante la enemiga irresistible del coronel-jefe del Ejército Fulgencio Batista, del embajador estadounidense Benjamín Sumner Welles (quien se esforzó incansablemente con el Secretario de Estado de su país, Cordell Hull, y con el Presidente Roosevelt para rehusar el reconocimiento a ese Gobierno ante el cual precisamente por esa razón no estuvo acreditado nunca), de la organización antimachadista ABC, y de la clase política que sobrevivió al machadato –que a continuación auparon a la presidencia de facto al ex coronel del Ejército Libertador, Carlos Mendieta y Montúfar-.
Todo este periodo crepuscular de la época plattista o liminar en la Historia de la República se caracterizó por el acentuado injerencismo de los sucesivos gobiernos de EE.UU., con amparo formal en el apéndice impuesto a la Constitución de 1901 (cuyo Artículo III estipulaba “Que el Gobierno de Cuba consiente que los Estados Unidos pueden ejercitar el derecho de intervenir para la conservación de la independencia cubana, el mantenimiento de un Gobierno adecuado para la protección de vidas, propiedad y libertad individual y para cumplir las obligaciones que, con respecto a Cuba, han sido impuestas a los Estados Unidos por el Tratado de París y que deben ahora ser asumidas y cumplidas por el Gobierno de Cuba”).
La expresión más próxima en el tiempo de los intereses económicos cuya salvaguarda necesitaba de esa injerencia foránea en los asuntos políticos cubanos estaba ejemplificado por los privilegios monopolísticos otorgados por el Gobierno de Machado a la Compañía Cubana de Electricidad, filial de la Electric Bond and Share Company, y por el conflicto del Gobierno Grau San Martín con los inversores norteamericanos interesados en la adquisición de propiedades de la también estadounidense Cuban Sugar Cane Corporation, cuando aquél anunció su intención de que el Estado ejerciese el derecho de tanteo respecto de una quincena de ingenios azucareros que dicha compañía iba a ofrecer en pública subasta, ante el desplome del precio internacional del azúcar y la resultante sobrecapitalización que padecía la compañía en Cuba.
La proyección internacional del Gobierno de los cien días, presidido por el Dr. Grau San Martín, fue emprendida en dos grandes líneas de actuación: la proclamación del antiinjerencismo por la Séptima Conferencia Internacional Americana –reunida en Montevideo, Uruguay, del 3 al 26 de diciembre de 1933-, y la abrogación de la Enmienda Platt a la Constitución cubana de 1901 (efectuada mediante Tratado negociado personalmente con el Secretario de Estado Auxiliar Sumner Welles por el Dr. Manuel Márquez Sterling, embajador en Washington, en estrecha consulta con el Dr. Cosme de la Torriente, Secretario de Estado, y firmado el 29 de mayo de 1934).
Esos logros no tuvieron parangón en la diplomacia cubana hasta la intervención decisiva -para la aprobación por la Asamblea General de Naciones Unidas, en su tercer periodo de sesiones en 1948- del Dr. Ernesto Dihigo como ponente del primer proyecto de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y en la presentación a votación de su texto definitivo por el embajador Guy Pérez de Cisneros, quien también en el mismo año fueRelator del Comité sobre Derechos y Deberes del Hombre de la Novena Conferencia Internacional de la Unión Panamericana,que aprobó la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre.
En una declaración hecha pública el 23 de noviembre de 1933, el Presidente Franklin Delano Roosevelt manifestó que “Durante los meses que han transcurrido desde la caída del Gobierno del Presidente Machado, hemos seguido el transcurso de los acontecimientos en Cuba con la más amistosa preocupación y con un persistente deseo de resultar de ayuda al pueblo cubano.
“Debido a la excepcionalmente cercana relación que ha existido entre nuestros dos pueblos desde la fundación de la República de Cuba y en particular debido a los Tratados que existen entre ambos países, el reconocimiento por parte de los EE.UU. a un Gobierno en Cuba brinda –en una medida más que ordinaria- apoyo tanto material como moral a ese Gobierno.
“Por esta razón no nos ha parecido que sería una política de amistad y justicia hacia el pueblo cubano en su conjunto brindarle reconocimiento a cualquier Gobierno provisional en Cuba a menos que dicho Gobierno poseyese claramente el apoyo y la aprobación del pueblo de esa República…Nosotros hemos estado seriamente deseosos durante todo este periodo de mostrar mediante acciones nuestra intención de abrir negociaciones para la revisión del acuerdo comercial entre ambos países y para la modificación del Tratado Permanente entre los Estados Unidos y Cuba…No se puede avanzar en esta dirección hasta que exista en Cuba un Gobierno provisional que, a través del apoyo popular que suscite y la cooperación general de la que disfrute, dé muestras de una genuina estabilidad…Como ya ha sido oficialmente declarado, el Gobierno de los Estados Unidos no alberga parcialidad ni prejuicio contra ninguna facción o individuo en Cuba. Dará la bienvenida a cualquier Gobierno provisional en Cuba al cual el pueblo cubano demuestre su confianza…El Embajador Welles regresará a La Habana en los próximos días. Tal como se ha anunciado, al término de su misión, que ocurrirá en el futuro cercano, regresará a Washington a reasumir sus tareas anteriores como Secretario de Estado Auxiliar, y será reemplazado por el Sr. Jefferson Caffery, que ahora funge como Secretario de Estado Auxiliar”. Es decir, el Gobierno de los EE.UU. rehusaba reconocer al Gobierno del Dr. Grau San Martín y, no obstante, mandaba a un alto funcionario del Servicio Exterior a relevar a otro ex alto cargo en el sillón de Embajador de los EE.UU. en un país vecino y amigo, pero sin acreditarlo ante el Gobierno de éste. Éste fue el resultado de las consejas de Sumner Welles, quien el 10 de septiembre -el mismo día de la proclamación de Grau como Presidente- escribía a su jefe Cordell Hull que Grau era “por completo intratable” y “en extremo radical”, y al día siguiente remitía otro informe a su Departamento de Estado en el que pedía una declaración oficial respecto a que los EE.UU. no reconocerían como “legítimo y constitucional” a ningún Gobierno en Cuba a menos que demostrase contar con el respaldo de la mayoría del pueblo cubano.
En este clima de hostilidad -ya que el Gobierno de Grau sólo era reconocido por Uruguay, Perú, Panamá, México y España-, el Secretario de Estado de Cuba recibe la invitación de la Cancillería uruguaya, en carta de 2 de agosto de 1933, para asistir, junto a sus colegas de todas las otras repúblicas americanas (es decir, los Ministros de Relaciones Exteriores), a la Séptima Conferencia Internacional de la Unión Panamericana, a celebrarse en Montevideo del 3 al 26 de diciembre de ese mismo año.
A comienzos de noviembre de 1933, el Presidente Grau designó una primera delegación, pronto sustituida por otra a raíz de la sublevación fallida del día 8 de ese mes contra su Gobierno, y finalmente asistieron en representación de Cuba, como embajadores plenipotenciarios a aquel cónclave interamericano, el Dr. Herminio Portell Vilá, profesor de Historia de la Facultad de Letras y Ciencias de la Universidad de la Habana; el Dr. Angel Alberto Giraudy, ex Ministro del Trabajo –quien presidía la delegación-; y el ingeniero Alfredo E. Nogueira y Herrera, acompañados en calidad de secretarios por dos miembros del ya disuelto Directorio Estudiantil Revolucionario de 1930, Juan Antonio Rubio Padilla y Carlos Prío Socarrás.
En el Artículo 3 de la Convención de Derechos y Deberes de los Estados, que recogía la ponencia presentada por el Dr. Portell Vilá y que fue adoptada en su sesión del 22 de diciembre de 1933 por la Asamblea Plenaria de la conferencia por unanimidad, incluido el voto favorable de la delegación estadounidense expresado por boca de su presidente el Secretario de Estado Cordell Hull, se plasmaba que “La existencia política del Estado es independiente de su reconocimiento por los demás Estados. Aun antes de reconocido el Estado, tiene el derecho de defender su integridad e independencia, proveer a su conservación y prosperidad y, por consiguiente, de organizarse como mejor lo entendiere, legislar sobre sus intereses, administrar sus servicios y determinar la jurisdicción y competencia de sus tribunales”. El Artículo 4 remachaba que “Los Estados son jurídicamente iguales, disfrutan de iguales derechos y tienen igual capacidad para ejercitarlos. Los derechos de cada uno no dependen del poder de que disponga para asegurar su ejercicio, sino del simple hecho de su existencia como persona de Derecho Internacional”. El Artículo 5 proclamaba que “Los derechos fundamentales de los Estados no son susceptibles de ser afectados en forma alguna”. El Artículo 8 declaraba que “Ningún Estado tiene derecho de intervenir en los asuntos internos ni en los externos de otro”. Y, finalmente, el Artículo 11 establecía que “Los Estados contratantes consagran en definitiva, como norma de conducta, la obligación precisa de no reconocer las adquisiciones territoriales o de ventajas especiales que se realicen por la fuerza, ya sea que ésta consista en el uso de armas, en representaciones diplomáticas conminatorias o en cualquier otro medio de coacción efectiva. El territorio de los Estados es inviolable y no puede ser objeto de ocupaciones militares ni de otras medidas de fuerza impuestas por otro Estado ni directa ni indirectamente, ni por motivo alguno, ni aún de manera temporal”.
Diez años antes, como delegado de las Escuelas Pías de Cárdenas,el todavía estudiante de la Facultad de Derecho Herminio Portell Vilá había participado en el Primer Congreso Nacional de Estudiantes, ante el que presentó una iniciativa encaminada a la denuncia unilateral por parte de Cuba del Tratado Permanente entre Cuba y los EE.UU., firmado el 22 de mayo de 1903 y que reproducía al pie de la letra el apéndice a la Constitución de 1901 conocido como Enmienda Platt, validando el derecho de intervención de los EE.UU. en los asuntos internos de Cuba.
La moción de Portell Vilá en aquel congreso estudiantil, ahora con firme apoyo en la convención panamericana sobre los derechos y deberes de los Estados (ya que los efectos limitadores de la soberanía cubana que imponía la Enmienda Platt quedaban rechazados por esta novel doctrina interamericana), se abría paso definitivamente hacia la repudiación formal del injerencista Apéndice Constitucional, aunque todavía tuviesen que pasar otros cinco meses hasta que el Tratado de Relaciones de 29 de mayo de 1934 modificase el Tratado de 1903 y quedara abrogada la Enmienda Platt iuris y de iure.
Cierto que la gloria de certificar la defunción de la Enmienda Platt, y con ello la instauración del principio de no intervención en las relaciones entre Cuba y los EE.UU., correspondió a Manuel Márquez Sterling y a Cosme de la Torriente, pero las tareas seminales de Herminio Portell Vilá en el Primer Congreso Nacional de Estudiantes (1923) y en la VII Conferencia Internacional de la Unión Panamericana (1933) constituyeron sus antecedentes necesarios.
Precisamente el día antes del señalado para la votación -en la Comisión de Derecho Internacional de la VII Conferencia Internacional de la Unión Panamericana- de la Convención sobre los derechos y deberes de los Estados mantuvieron Portell Vilá y Cordell Hull, a solicitud de este último, una entrevista, en la que el Secretario de Estado y presidente de la delegación norteamericana anunció que el nuevo embajador Caffery (que carecía de toda acreditación, ya que su gobierno seguía y seguiría negando el reconocimiento al gobierno del Dr. Grau) haría una investigación preliminar de la situación en Cuba, que la Enmienda Platt sería abrogada, y que se modificaría el Tratado de Reciprocidad. El Dr. Portell Vilá replicó que “lo que realmente los Estados Unidos debían realizar es reconocer para después tratar y no investigar para después reconocer…La oportunidad que tengo, de acuerdo con mis instrucciones, para precisar a nombre de Cuba una actitud contraria a la legitimidad de la Enmienda Platt y del Tratado Permanente, yo no la hipoteco por promesa alguna”.
En su discurso del día siguiente (19 de diciembre de 1933) ante el pleno de la Comisión, el Dr. Portell Vilá presentó el caso de Cuba “…frente a las fuerzas imperialistas de los Estados Unidos que le impusieron un régimen de relaciones injusto utilizando al efecto la coacción militar y las peores artes diplomáticas en ese quinquenio terrible de 1898-1903”, reafirmando que “la Enmienda Platt tiene el vicio de la coacción; fue impuesta a Cuba por las bayonetas de los Estados Unidos y por eso Cuba es y será siempre contraria a la Enmienda Platt”.
Veinticinco años después, a comienzos de 1959, Portell Vilá escribió en la revista habanera BOHEMIA un largo ensayo sobre La Neutralidad Imposible, en el que planteó que “Cuba no puede pretender la NEUTRALIDAD imposible en una guerra de los Estados Unidos con potencias extracontinentales…No hay nación en el mundo que pueda considerarse neutral en una guerra, si tiene la posición geográfica que Cuba y si los Estados Unidos son uno de los beligerantes. Nuestro país es un trampolín natural para atacar a los Estados Unidos…CUBA ES LA ALIADA NATURAL DE LOS ESTADOS UNIDOS EN CASO DE GUERRA PORQUE EN ELLO LE VA LA VIDA A CUBA…La alianza ha sido y debe seguir invariable, sin embargo, porque le conviene a Cuba. ¡Que nunca haya quien pueda derrotar a los Estados Unidos porque esa victoria significaría el fin de Cuba Libre!”
Como materialización de esa previsión, esa consideración geopolítica fue el norte de la intervención soviética en Cuba a partir de 1960, un episodio más de la Guerra Fría todavía no concluida y que comenzó en febrero de 1945 en la reunión de Churchill, Roosevelt y Stalin en Yalta (Crimea). Y sigue siendo el norte de Rusia hoy en día, en sus intentos incesantes de penetración en América central y meridional, y la cuenca del Caribe. Ese norte ha consistido y sigue consistiendo en el establecimiento de regímenes satélites a través de los cuales subvertir el orden político, económico y social consagrado en el preámbulo de la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA), que dice que “la misión histórica de América es ofrecer al hombre una tierra de libertad y un ámbito favorable para el desarrollo de su personalidad y la realización de sus justas aspiraciones”; que “la democracia representativa es condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región”; que “el sentido genuino de la solidaridad americana y de la buena vecindad no puede ser otro que el de consolidar en este Continente, dentro del marco de las instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre”; y que “la organización jurídica es una condición necesaria para la seguridad y la paz, fundadas en el orden moral y en la justicia”.
El epítome de las actuaciones y las prédicas del Dr. Portell Vilá a lo largo de toda una vida de ejercicio de funciones públicas –en la cátedra, en el Foro, en la prensa, en la investigación, en las reuniones internacionales en representación de Cuba- nos deja el ejemplo y la enseñanza de un sabio que supo, a la vez que hacer un importante aporte cívico a la sociedad civil a la que pertenecía, destilar en la Historia de Cuba el papel, la importancia y las querencias de sus personalidades protagonistas, identificar las concausas y consecuencias de los acontecimientos, a la vez que analizar el peso del pasado y los intereses colectivos de la Nación cubana, con especial ahínco en sus relaciones internacionales y en particular con los EE.UU. de América, trabajando para que los vínculos de Cuba con los EE.UU. fueran de estrecha amistad y colaboración y se desenvolvieran en un plano de igualdad, equilibrio y mutuo beneficio.
Al fatalismo geográfico de la Doctrina Monroe, a la Doctrina del Destino Manifiesto (alegorizada por John Gast en una pintura de los años setenta del siglo XIX sobre la marcha al Oeste del continente norteamericano), y al Corolario Roosevelt de 1904,Portell Vilá tuvo la visión, el coraje y la virtud de oponer el antiinjerencismo y la dignidad en las relaciones internacionales de Cuba, la neutralidad imposible y la alianza con los EE.UU. ante un ataque extracontinental (propensión política natural que el régimen castrocomunista viró de revés al convertirse en punta de lanza de la URSS, comenzando por dar lugar a la Crisis de los Cohetes de 1962 y continuando con sus aventuras militares y fomento de la subversión guerrillera en todo el mundo), y la necesidad de la probidad en la vida pública.
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