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sábado, 1 de agosto de 2015



JUAN GUALBERTO GÓMEZ:
LA ACTITUD DE UN LIBERAL EN TORNO A LA LAICIDAD DEL ESTADO
(Primera Parte)
© Roberto Soto Santana, de la Academia de la Historia de Cuba (Exilio)

Como dice el Prof. René León en su estudio sobre el “Manifiesto del Clero Cubano Nativo: A las Autoridades del País: Discriminados por ser Cubanos”1: “Todos los cubanos en tiempo de la colonia en Cuba sabían que no podían contar con el clero español, pues éstos estaban al lado de los enemigos de nuestra revolución y derechos, defendiendo a la Corona, porque era anticubana. El pueblo y los pocos sacerdotes cubanos que había en Cuba sabían que la Iglesia, por conducto del Pontífice Romano, respaldaba 100% la actitud del clero español [a la vez que hacían votos] por el inmediato final de la guerra y la victoria de  España.
Las generaciones mambisas que organizaron, proclamaron y participaron personalmente en las insurrecciones contra la dominación española en Cuba, ocurridas durante el periodo 1868-1895, incluyeron tanto al comienzo de la Guerra de los Diez Años como en la contienda reanudada con el Grito de Baire, entre otras muchas personalidades egregias (y, al mismo tiempo, Luces de la Masonería), a fundadores de la Logia Tínima Nº16 de Puerto Príncipe (la actual Camagüey) tales como el Marqués de Santa Lucía (Salvador Cisneros Betancourt), Ignacio Agramonte Loynaz (caído el 11 de mayo de 1873 en la acción de Jimaguayú), Carlos Loret de Mola Varona, Bernabé de Varona (“Bembeta”, pasado por las armas inicuamente tras el apresamiento de la expedición del “Virginius”2) –de los 76 sublevados en el Paso de las Clavellinas, el 4 de noviembre de 1868, 72 eran Maestros Masones de esta Logia-; entre quienes “levantaron las columnas” de la Logia Esperanza Tropical Nº9 de Bayamo, a Francisco Vicente Aguilera, Pedro Figueredo Cisneros (fusilado en 1870 en Santiago de Cuba), Carlos Manuel de Céspedes, Manuel (“Titá”) Calvar y Vicente García (asesinado por mano española en 1886, en su exilio de Costa Rica); a Bartolomé Masó y Donato Mármol (entre los iniciadores de la Logia Buena Fe de Manzanillo); y a tantos y tantos otros cuyos nombres harían la lista interminable, entre ellos nuestro Apóstol José Martí y el gran caudillo de la Invasión, Antonio Maceo Grajales.
José Martí dejó escrito3, y el cierre de estas palabras lo repitió el Papa Juan Pablo II en la homilía que pronunció en la antigua Plaza Cívica de La Habana, en el transcurso de su visita a Cuba en 1998 –plaza a la que el atrabiliario Régimen comunista le tiene atribuido el vergonzoso nombre de Plaza de la Revolución-, que “Hay en el hombre un conocimiento íntimo, vago, pero constante e imponente, de UN GRAN SER CREADOR: Este conocimiento es el sentimiento religioso, y su forma, su expresión, la manera con que cada agrupación de hombres concibe este Dios y lo adora, es lo que se llama religión. Por eso, en lo antiguo, hubo tantas religiones como pueblos originales hubo; pero ni un solo pueblo dejó de sentir a Dios y tributarle culto. La religión está, pues, en la esencia de nuestra naturaleza. Aunque las formas varíen, el gran sentimiento de amor, de firme creencia y de respeto, es siempre el mismo. Dios existe y se le adora…Las exageraciones cometidas cuando la religión cristiana, que como todas las religiones, se ha desfigurado por sus malos sectarios; la opresión de la inteligencia ejercida en nombre del que predicaba precisamente el derecho natural de la inteligencia a libertarse de tanto error y combatirlo, y los olvidos de la caridad cristiana a que, para afirmar un poder que han comprometido, se han abandonado los hijos extraviados del gran Cristo, no deben inculparse a la religión de Jesús, toda grandeza, pureza y verdad de amor. El fundador de la familia no es responsable de los delitos que cometen los hijos de sus hijos…Todo pueblo necesita ser religioso….Es útil concebir UN GRAN SER ALTO…para los pueblos es imprescindible afirmar la creencia natural en los premios y castigos y en la existencia de otra vida, porque esto sirve de estímulo a nuestras buenas obras, y de freno a las malas. La moral es la base de una buena religión….Un pueblo irreligioso morirá, porque nada en él alimenta la virtud. Las injusticias humanas disgustan de ella; es necesario que la justicia celeste la garantice.”
También el Generalísimo Máximo Gómez puso por escrito4, en carta fechada el 22 de agosto de 1895, su creencia en un GRAN SER ALTO, al decirle a su destinatario, Tomás Estrada Palma: “Soy creyente en una Providencia oculta, que dirige las acciones de los hombres, y es así, que siempre nos queda mucho fuera de la órbita en donde giramos, y todo eso queda al arbitrio de nuestra fortuna, ó desventura”.
Tanto en el siglo XIX como hoy en día, la Masonería, ante la oposición feroz de la Iglesia5, ha propugnado la laicidad como regla de oro para la convivencia entre Política y Religión. La Constitución de Guáimaro, promulgada el 10 de abril de 1869, estableció la libertad de cultos, sin reconocer privilegio para ninguno en particular. La Constitución española suscrita el 1 de junio del mismo año, tras el derrocamiento de Isabel II, estableció en su artículo 21 la libertad de cultos, pero dispuso que “La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica”. Y así permaneció la situación en Cuba bajo la dominación española, hasta que la primera Constitución de la República independiente, aprobada el 21 de febrero de 1901, restableció los principios de la primera Constitución de la República en Armas –la de Guáimaro- en materia de libertad de cultos y de libertad de conciencia, añadiendo la separación entre la Iglesia y el Estado, declarando (todo en un solo artículo, el número 26) que “Es libre la profesión de todas las religiones, así como el ejercicio de todos los cultos, sin otra limitación que el respeto a la moral cristiana y al orden público. La iglesia estará separada del Estado, el cual no podrá subvencionar, en caso alguno, ningún culto”. El celo agnóstico de algunos Delegados les llevó a los extremos de proponer, sin éxito, la exclusión de la palabra “religión” en cualquier parte del texto Constitucional (el caso de Salvador Cisneros Betancourt) o la sustitución de la referencia a la moral cristiana por la de “moral pública” (el caso de Rafael Manduley), o a oponerse a la invocación a Dios en el Preámbulo (como hicieron Salvador Cisneros Betancourt y Martín Morúa Delgado6).
Sin embargo, el liberal y librepensador Juan Gualberto Gómez –el brazo ejecutor de Martí en 1895 en el estallido del alzamiento que se conocería como el Grito de Baire-, se opuso, infructuosamente, en su intervención del 26 de enero de 1901 ante la Asamblea Constituyente, a la inclusión de esa cláusula de separación entre la Iglesia y el Estado. Esta actitud, estando en el caso personal de ser un confeso indiferente en materia de religión7, la fundamentó el insigne matancero en una preocupación de índole puramente pragmática: “estoy convencido de que en la Constitución no debemos poner nada más que lo que es esencial y fundamental…me inclino a dejar en manos del Estado cubano, si es conveniente y necesario en el día de mañana, el poder dirigirse con las facultades soberanas que la Constitución pueda dejarle, al poder o a los poderes supremos de las diferentes iglesias, para poder regular con ellas el modo como aquellas iglesias habían de desenvolverse dentro de la sociedad cubana…Si yo me preocupara aquí más de los intereses religiosos de una iglesia cualquiera que de los intereses de la sociedad civil cubana y del Estado libre e independiente de Cuba, yo dejaría que se pusiera impunemente ese artículo en la Constitución, porque debo deciros aquí, en voz muy alta, que no será no, la Iglesia la que experimente la necesidad de vivir en relación con el Estado cubano: lo que yo me temo es que la Iglesia sea la que no quiera tendernos la mano…porque, oidlo bien, señores delegados, éste es un pueblo donde no ha habido hasta hoy, y quiera Dios que perdure, donde no ha habido fanatismo religioso…pero este pueblo que no ha sido jamás fanático, fue y es un pueblo católico, éste es un pueblo donde la Iglesia Católica está arraigada, donde en realidad de verdad el culto católico ha sido el único que ha arraigado de una manera positiva...yo que no tengo absolutamente ninguna especie de fanatismo religioso; yo que no soy por desgracia mía un creyente, como algunos de los que aquí se levantan; pues bien, señores, dentro de ese orden de cosas, yo me pregunto…¿creéis como políticos, como hombres previsores, como hombres de gobierno; vosotros creéis práctico que debéis abandonar al azar y a la voluntad de un poder extraño la implantación de ese Estado dentro del Estado cubano, que sea esencialmente hostil a nuestra República independiente y soberana?...yo no os digo que vayáis a pactar con la Iglesia…yo sí os digo que no debéis en manera alguna impedir que el Gobierno futuro, mejor dicho, que los Poderes Públicos de la República, si lo entienden conveniente, lo hagan si cabe…Por otra parte, señores, pensadlo bien, todo lo que parezca persecución de la Iglesia…todo lo que sea perseguir a quien no nos molesta…eso ha de contribuir de una manera poderosa a robustecer su influencia…¿Pensáis en manera alguna que si aquí ponéis en la Constitución la prohibición de que se puedan establecer relaciones entre el Estado y la Iglesia, ya habéis resuelto el problema?”
Sin embargo, el texto del artículo 26 de la Constitución de 1901 pasó íntegramente a ser el artículo 27 de la Ley Constitucional de 3 de febrero de 1934, e igualmente el artículo 35 de la Constitución de 1940, el artículo 35 de los conocidos como Estatutos del Viernes de Dolores (Ley Constitucional de 4 de abril de 1952), y el artículo 35 de la llamada Ley Fundamental de 7 de febrero de 1959, hasta que la Constitución comunista de 1976 redujo la libertad de conciencia y de creencias religiosas a una mera mención inane, neutralizada por la declaración de ilegalidad y punibilidad de la invocación de convicciones religiosas como razón de la negativa o inhibición de la adhesión activa al régimen8.
¿Cómo se explica entonces esta actitud de Juan Gualberto Gómez, hombre de la plena confianza de Martí9, en aparente contradicción con su apego a la laicidad? Para comprenderlo, es imprescindible analizar el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente en su sesión del 26 de enero de 190110.

Juan Gualberto Gómez propuso que la frase “la Iglesia estará separada del Estado” fuese suprimida en la Sección 3ª de la Base 13 del proyecto de Constitución. En pro de mantener dicha frase en el texto, el Delegado Emilio Núñez intervino para señalar que “si algo bueno, si algo práctico, si algo útil ha realizado la Intervención en Cuba, es separar la Iglesia del Estado. La mayor calamidad que ha pesado siempre sobre los pueblos latinoamericanos ha sido la unión de la Iglesia con el Estado. Para conseguir su separación, han tenido que derramar torrentes de sangre y dividirse en bandos poderosos.”. El Delegado Fernández de Castro habló a continuación de Emilio Núñez, para secundarlo, “haciendo presente a los señores Convencionales que tengan en cuenta que el hecho de no constar en la Constitución que la Iglesia está separada del Estado, deja en libertad, el día de mañana, á un Gobierno cubano, de unirla si lo tiene á bien. En el mismo sentido se pronunció el Dr. Alfredo Zayas al decir que “desde el momento en que cabe interpretar la Base como dejando en libertad á cualquier gobierno de Cuba para celebrar esa íntima alianza entre una Iglesia y el Estado, y por lo mismo que esa Iglesia en Cuba será probablemente la Iglesia católica, cuya unión al Estado hemos podido ver, apreciar y aquilatar sus resultados…Yo quiero alejar el menor pretexto donde pueda fundarse esa alianza de la Iglesia con el Estado, sea cual fuera esa Iglesia.” Sometida a votación nominal la cuestión, los asambleístas José M. Gómez, Monteagudo, Morúa, Robau, Fortún, Cisneros, Silva, Betancourt, Rius Rivera, D. Tamayo, Sanguily, Núñez, Lacret, Portuondo, Castro, Manduley, E. Tamayo, Bravo Correoso, Alemán, Zayas, Villuendas y el Presidente Cisneros Betancourt estuvieron a favor de mantener la frase relativa a la separación entre la Iglesia y el Estado. Solamente votaron en contra de la separación entre Iglesia y Estado los Convencionales González Llorente, Berriel, Quílez, Quesada, Juan Gualberto Gómez y el ex autonomista Eliseo Giberga.

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